Tratado
En el artículo 2 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados se establece que se entiende por tratado un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular. En otras palabras, el nombre del instrumento internacional (convenio, convención, acuerdo o protocolo) no determina el carácter vinculante del instrumento. El punto central para que un acuerdo internacional sea un tratado, y por lo mismo vinculante, es que las partes del instrumento internacional acuerden que este sea regido por el derecho internacional.
Tratado multilaterales
Los tratados multilaterales son aquellos celebrados entre más de dos partes.
Tratados bilaterales
Los tratados bilaterales son aquellos celebrados entre dos partes.